El que quiera convocar referéndum necesitará reunir 250.000 firmas
Cualquier ciudadano checo mayor de 18 años podrá convocar un referéndum en caso de reunir al menos 250.000 firmas de sus compatriotas. Con eso cuenta la nueva ley de plebiscito nacional aprobada por el Gobierno.
La nueva ley posibilitará resolver a nivel nacional varios temas controvertidos que dividen la sociedad, opinó el autor del proyecto, el ministro para los Derechos Humanos Jiří Dientsbier.
“En cuanto a los debates más controvertidos del pasado mencionemos la instalación del radar militar estadounidense en la localidad de Brdy. Otras cuestiones esenciales de la política interior y exterior son por ejemplo la introducción de las tasas de matrícula en las universidades o los límites de velocidad en las autopistas nacionales”, dijo.
El ministro precisó, no obstante, que existen temas que no pueden ser definidos por un plebiscito.“No es posible poner en duda los fundamentos de un Estado democrático. No es posible votar sobre la anulación de los compromisos de la República Checa en cuanto a las leyes internacionales. No es posible intervenir en un proceso penal por medio de una persona concreta o pedir votación sobre el nombramiento o destitución de funcionarios constitucionales, como el presidente de la República”, resaltó.
La defensora del Pueblo, Ana Šabatová, aplaudió la aprobación de la nueva ley, aunque no está de acuerdo con el número de firmas necesarias para convocar un referéndum, que calificó de exagerado.
“En base a la experiencia del pasado, sobre todo en vista de las elecciones presidenciales cuando algunos candidatos no eran capaces de lograr ni siquiera las 50.000 firmas, opino que reunir tantos votos será muy difícil. Temo que nadie sea capaz de alcanzar las 250.000 firmas”, indicó.Para entrar en vigor, el proyecto debe ser ratificado aún por ambas cámaras del Parlamento checo. Para ello la coalición tendrá que buscar aliados en las filas de la oposición, ya que necesita conseguir tres quintas partes del número total de los votos. En caso de ser aprobada la ley, el presidente de la República no tendrá derecho a vetarla.